Por tanto, si eres autónomo y quieres incrementar o aminorar tu base de cotización de cara a tu futura jubilación o a la cobertura de incapacidad temporal, tienes la posibilidad de solicitar el cambio de base de
cotización (incrementarla o minorarla) y tramitarlo en las siguientes fechas:
A.- Si solicitas el cambio entre el 1 de enero y el 31 de marzo, tu nueva base de cotización se hará efectiva a partir del 1 de abril.
B.- Si lo solicitas del 1 de abril al 30 de junio el cambio se hará efectivo el 1 de julio.
C.- Si lo peticionas entre 1 de julio y el 30 de septiembre el cambio surtirá efecto a partir del 1 de octubre.
D.- Si lo solicitas del 1 de octubre al 31 de diciembre el cambio se hará efectivo el 1 de enero del año siguiente.
1.´- Si eres cliente de Asesoría Villafranca, te asesoramos sobre la conveniencia de ello y te gestionamos el cambio de base de cotización.
2.- Si poseees certificado digital en la sede electrónica, puedes hacer el trámite por tu propia cuenta y sin desplazamientos.
NOTA: La forma presencial en la Tesorería de la Seguridad Social ya no es posible desde el pasado octubre, que entró en vigor la obligatoriedad de la gestión electrónica de cualquier trámite relacionado con el RETA.