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Costes reales de un nuevo trabajador

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Los empresarios deben conocer los costes reales de contar con un nuevo trabajador

Es decir, el empresario debe valorar, además del sueldo, que tendrá que asumir otras obligaciones con la Seguridad Social.

Los costes suponen, en líneas generales, un 33% adicional al salario bruto

que se ha negociado con el trabajador, aunque depende del tipo de contrato que se firme.

El mayor gasto que debe asumir una empresa es la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, que dan cobertura a diferentes situaciones como bajas temporales por enfermedad o prestaciones de jubilación. Se trata de un 23,6% de la base de cotización, con un máximo de 3.597 euros al mes y un mínimo que oscila entre los 753 y los 1.051,5 euros al mes, dependiendo de la categoría profesional.

Existen una serie de bonificaciones encaminadas a reducir el paro juvenil

No obstante, existen una serie de bonificaciones, sobre todo encaminadas a reducir el paro juvenil y ayudar a los recién titulados a introducirse en el mercado laboral. Por ejemplo, los contratos de prácticas tienen una reducción del 50%, pero el futuro empleado debe tener titulación universitaria o formación profesional acorde con el puesto, no haber pasado cinco años desde que terminara sus estudios y ser menor de 30 años. Para aquéllos sin estudios y menores de 25 años, existe la modalidad de formación y aprendizaje con un ahorro del 100% en contingencias comunes para las pymes durante los tres primeros años.

El empresario también debe estudiar si el contrato tendrá una duración determinada o no.

Además de posibles irregularidades, el empresario ha de tener en cuenta que la cotización es superior en un contrato temporal. Las contingencias comunes se disparan al 36% en los contratos con una duración efectiva inferior a siete días y, en desempleo, se abona un 6,7% (independientemente de la duración), frente al 5,5% del indefinido.

Al igual que hay que saber cuánto deberá pagar al mes (y multiplicarlo por el número de pagas), es también clave que se haga un cálculo de una posible indemnización por despido improcedente. Tras la entrada en vigor de la reforma laboral, el número de días de salario a pagar como indemnización es de 33 días con un máximo de 24 mensualidades.

 

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