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Acepto

 

  • Declaración resumen anual de IVA (Modelo 390):

    Desde el primero hasta el treinta de enero de 2026.

  • Pago fraccionado del IRPF (Modelo 130): 

    Presentar el pago del último trimestre de 2025 antes de la fecha límite, que es el 20 de enero de 2026.

  • Pago fraccionado de la Renta (Modelo 131):

    Si se encuentra en estimación objetiva, el último pago correspondiente al4º trimestre del año 2025 debe presentarse hasta el 20 de enero del año 2026.

  • Declaración de la Renta (Modelo 100):
  • Normalmente, entre abril y junio del año 2026, para poner en orden los ingresos del año previo. 

     

    Seguridad social:

     

    Cuotas de cotización:

    Se revisarán las cuotas de autónomos para 2026, a pesar de que se ha sugerido congelar los pagos para aquellos con ingresos más bajos (hasta aproximadamente 1.166 euros al mes). Las demás cuotas experimentarán aumentos graduales de entre el 1% y el 2,5%.aproximadamente.

    Alteraciones en la base de cotización:

    Es posible pedir un cambio de base de cotización en cualquier momento del año.

    Los cambios pedidos entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre se implementarán el primer día del siguiente año.

    Posponer las cuotas:

    Si se trata de personas afectadas por la DANA, existe la opción de posponer el pago de las contribuciones a la Seguridad Social que tengan como fecha límite entre noviembre de 2025 y febrero de 2026.

    Actualizaciones de software:

    Los trabajadores autónomos contarán con un plazo hasta el 1 de enero del año 2026 (APLAZADO RECIENTEMENTE A 1 de enero de 2027) para adecuar su software a las recientes regulaciones sobre facturación.