- Última actualización: 17 Diciembre 2025
- Creado: 02 Diciembre 2025
Desde el primero hasta el treinta de enero de 2026.
Presentar el pago del último trimestre de 2025 antes de la fecha límite, que es el 20 de enero de 2026.
Si se encuentra en estimación objetiva, el último pago correspondiente al4º trimestre del año 2025 debe presentarse hasta el 20 de enero del año 2026.
Normalmente, entre abril y junio del año 2026, para poner en orden los ingresos del año previo.
Seguridad social:
Cuotas de cotización:
Se revisarán las cuotas de autónomos para 2026, a pesar de que se ha sugerido congelar los pagos para aquellos con ingresos más bajos (hasta aproximadamente 1.166 euros al mes). Las demás cuotas experimentarán aumentos graduales de entre el 1% y el 2,5%.aproximadamente.
Alteraciones en la base de cotización:
Es posible pedir un cambio de base de cotización en cualquier momento del año.
Los cambios pedidos entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre se implementarán el primer día del siguiente año.
Posponer las cuotas:
Si se trata de personas afectadas por la DANA, existe la opción de posponer el pago de las contribuciones a la Seguridad Social que tengan como fecha límite entre noviembre de 2025 y febrero de 2026.
Actualizaciones de software:
Los trabajadores autónomos contarán con un plazo hasta el 1 de enero del año 2026 (APLAZADO RECIENTEMENTE A 1 de enero de 2027) para adecuar su software a las recientes regulaciones sobre facturación.