- Escrito por Gestoria y Asesoria Villafranca
- Última actualización: 19 Noviembre 2025
- Creado: 14 Noviembre 2025
Ajuar doméstico en la herencia: Guía exhaustiva para comprender su valor, cómo se distribuye y cómo tributa
Cuando hablamos de afrontar una herencia, no nos referimos solamente a propiedades inmobiliarias, capitales en cuentas bancarias o acciones en empresas. El ajuar doméstico es algo privado, cotidiano y cargado de emociones que frecuentemente provoca tensiones e incertidumbres en el núcleo familiar..
En esta guía integral, te aclaro qué es el ajuar doméstico, quiénes tienen derecho a él, cómo se valora y qué bienes se incluyen o quedan excluidos. Todo esto con un enfoque práctico, claro y cercano, de modo que tengas la capacidad de afrontar este proceso con confianza y sin incertidumbre.
Marco jurídico del ajuar doméstico: Regulaciones que lo controlan
El término ajuar doméstico se encuentra en diferentes textos de carácter legal, como la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD), el Código Civil y la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio (LIP).
¿Qué es realmente el ajuar doméstico?
La Real Academia Española define el ajuar como “el conjunto de muebles, enseres y ropas de uso común en la casa”.
Por otra parte, ell Código Civil, en su artículo 1321, refuerza esta idea e indica que:
“Las ropas, mobiliario y enseres que constituyan el ajuar de la vivienda habitual se entregarán al cónyuge superviviente, sin computarse en su haber”.
Sin embargo, no todo entra dentro del ajuar: se excluyen expresamente alhajas, obras de arte, objetos históricos y bienes de extraordinario valor.
¿Quién tiene derecho al ajuar doméstico en una herencia?
El cónyuge viudo, siempre que:
No esté separado legalmente
Tampoco esté separado de hecho.
Es decir, debe haber convivido con el causante en la vivienda familiar.
Se trata de un derecho de predetracción, lo que significa que el cónyuge superviviente recibe el ajuar doméstico antes de calcular la parte que le corresponda en la herencia.
Ajuar doméstico y el impuesto de sucesiones: Cómo se calcula
El valor del ajuar doméstico afecta directamente a la base imponible del ISD.
La norma general establece que el ajuar doméstico se valora como el 3% del caudal relicto, salvo que:
Los interesados acrediten que vale menos.
O que su valor real es superior (caso menos frecuente).
O que el ajuar no existe.
Esta presunción del 3% ha sido muy polémica, porque durante muchos años Hacienda interpretó que se aplicaba sobre todos los bienes del fallecido, lo que incrementaba artificialmente el impuesto.
¿Qué bienes forman parte del ajuar? La importante doctrina del tribunal supremo
A partir de dos sentencias clave del Tribunal Supremo en 2020, el concepto cambió radicalmente:
➡️ Sólo forman parte del ajuar doméstico los bienes muebles que estaban destinados al uso personal del causante o al servicio de su vivienda familiar.
Quedan fuera, sin necesidad de que el contribuyefnte tenga que demostrarlo:
❌ Bienes que NO forman parte del ajuar
Inmuebles que no constituyan la vivienda habitual ni residencias habituales del causante.
Viviendas cedidas gratuitamente a terceros.
- Solares, inmuebles en ruinas o inmuebles sin capacidad de uso.
Bienes que generen o puedan generar renta (por ejemplo, pisos en alquiler).
Dinero, valores, acciones y productos financieros.
Derechos reales o bienes incorporales.
Bienes de extraordinario valor:
joyas, pieles, vehículos, embarcaciones, aeronaves, obras de arte y antigüedades.
✔️ Excepción muy especial
Si el causante vivía de forma habitual en una autocaravana o en una embarcación habitable, esta sí se considera parte del ajuar.
Reducción del ajuar doméstico cuando hay cónyuge viudo
Una vez calculado el valor del ajuar, la ley obliga a restar el valor del ajuar que corresponde al cónyuge, que se calcula también como el 3% del valor de la vivienda habitual.
Pero atención: en 2023 el Tribunal Supremo confirmó que se puede usar el valor de referencia de la vivienda si es superior, lo que beneficia al contribuyente al reducir casi por completo el importe del ajuar doméstico sujeto a tributación.
¿Ya pagaste el impuesto? Puedes rectificar el valor del ajuar
Si consideras que se ha aplicado incorrectamente el ajuar doméstico en tu liquidación del ISD, puedes solicitar:
Rectificación de la autoliquidación
Devolución de ingresos indebidos
Siempre que estés dentro del plazo de prescripción de 4 años.
Plazos para reclamar
Autoliquidaciones: 4 años desde que finaliza el plazo voluntario de presentación.
Liquidaciones administrativas: 1 mes desde que son firmes.
El Ajuar doméstico en los testamentos
Cuando se lega una vivienda, surge la duda: ¿el ajuar se entrega también?
La práctica notarial antigua especificaba “de puertas para adentro”. Hoy, la interpretación es más sencilla:
➡️ Al legar una vivienda, se entiende incluido su mobiliario y enseres habituales, salvo objetos de extraordinario valor.
➡️ Sin embargo, el ajuar de la vivienda familiar no puede ser dispuesto por testamento cuando hay cónyuge viudo: la ley lo reserva para él.
Conclusiones: Un elemento pequeño en valor, grande en emoción y fiscalidad
El ajuar doméstico puede parecer un detalle menor dentro de una herencia, pero:
Tiene gran carga emocional para la familia.
Está rodeado de presunciones legales y criterios interpretativos importantes.
Su adecuada valoración puede evitar conflictos y un ahorro económico
Para gestionar correctamente una herencia, es fundamental comprender cómo funciona este concepto y asegurarte de que se aplica correctamente.
Si necesitas acompañamiento profesional, asesoramiento sucesorio o ayuda con el Impuesto de Sucesiones, estoy aquí para ayudarte.
