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Cuidado con el borrador de la Declaración de la Renta 2022
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Los autónomos tienen una serie gastos deducibles en su IRPF a la hora de realizar la Declaración de la Renta, así como otros conceptos.
¿Cuáles son los gastos deducibles del IRPF de los autónomos?
Para poder deducirlos, estos gastos deben estar vinculados a la actividad económica realizada y estar justificados mediante las correspondientes facturas y registrados contablemente en el libro de gastos e inversiones.
Se consideran gastos fiscalmente deducibles los siguientes (casillas de 099 a 111):
Otros gastos deducibles: serán deducibles aquellos gastos necesarios para la obtención de los ingresos. Un ejemplo claro lo tiene con una factura de comida. Será deducible cuando esa comida haya sido para la contratación de sus productos o servicios habiendo sido una atención hacia su cliente. En cambio, esa factura de comida no será deducible cuando se haya producido un día del fin de semana en familia.
Es importante que antes de registrar una factura como gasto, considere si dicho gasto queda justificado. Un ejemplo lo tiene con la factura de su teléfono móvil. Si la factura incluye registros que reflejen llamadas a familiares u otras que evidencien que no han sido para la actividad de su empresa, la gestión de los tributos podrá considerar que dicho gasto no es deducible en su totalidad.
Por otro lado, podrá ser considerado deducible la cuota del seguro médico del autónomo para él, su cónyuge o hijos menores de 25 que convivan en el domicilio familiar, con un máximo de 500 euros por persona.
Una casuística puede producirse cuando su actividad la desarrolle dentro de su vivienda en la que reside. Es primordial haber incluido el domicilio de la actividad (su vivienda) en la declaración censal (036 ó 037). Puede suceder que, al no ser claramente justificable la afectación a la actividad de determinados gastos, como puede ser el teléfono, por estar siendo utilizado para el uso personal a la vez que reciba las llamadas de sus clientes, no sean considerados deducibles.
Vehículo: lo te desgravas el 100% si es una actividad dedicada al transporte. Si bien la deducción del gasto o la inversión en vehículos pueden ser deducidos al 50% en el IVA, en el IRPF, si se entiende que el vehículo puede tener un uso personal, como puede ser el derivado del uso de un turismo, la deducción es más compleja.
Transporte público y gastos de viaje: Siempre debe acreditarse el carácter profesional, para que sea desgravable.
Ropa: Sólo vestuario profesional, como uniformes u otras prendas. Se recomienda que esté incluido el anagrama del negocio.
Si estás en estimación directa del IRPF, puedes ampliar la información sobre los gastos deducibles, dirigiendote a tu asesor.
Otros conceptos deducibles importantes:
No tendrán la consideración de gastos fiscalmente deducibles:
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