Las cookies nos permiten ofrecer nuestros servicios. Al utilizar nuestros servicios, aceptas el uso que hacemos de las cookies Saber más

Acepto

¿Autónomo o mejor Sociedad Limitada?

autonomo o sociedad limitada

Los clientes que pretenden poner en marcha un negocio, suelen, al principio hacernos la misma pregunta: ¿Autónomo o mejor Sociedad Limitada? Como autónomo o persona física, puede parece aparentemente más rápido y económico, pero en la mayoría de las veces no resulta ser la opción mas correcta.

Constituir una sociedad limitada en España te ayudará además a una gestión mas profesional de

tu proyecto o negocio. Siendo autónomo no estás obligado a generar toda la documentación contable, pero si bien no llevar contabilidad puede parecer una ventaja, es lo opuesto. Al llevar contabilidad rigurosa puedes conseguir información de tu empresa que de otra manera no dispondrás, como son por ejemplo informes de rentabilidad de productos, calendarios de pagos y cobros de vencimientos y próximos pagos a hacienda, flujos de caja, etc

La contabilidad es capaz de interpretar el devenir del proyecto, de forma que ayude a la toma de resoluciones basándose en datos reales. No prestar atención a los números es ciertamente un error grave que tarde o bien temprano va a tener consecuencias negativas en el negocio.

Además las sociedades limitadas tienen acceso a determinados recursos financieros, ayudas y subvenciones fuera del alcance de los autónomos, pudiendo poner en valor su plan de negocio.

Partiendo de la premisa de una persona física que solicita la capitalización del desempleo. Actualmente se puede obtener hasta el 60% para el arranque de actividad de un proyecto de inversión y un 40% para el pago de las cuotas del RETA. Esta opción sólo es posible para desempleados (personas físicas), nunca para sociedades limitadas. Existiría una posible opción, pero sería a través de una Sociedad Limitada Laboral.

En el capítulo de desgravación por gastos derivados de la actividad, la Sociedad Limitada tiene un abanico más amplio que el empresario individual. Y como ambos desempeñan la actividad desde su domicilio, la deducción sería en función de los metros cuadrados del mismo, “con un máximo del 50% para el autónomo. Esto conviene tenerlo en cuenta a la hora de hacer la declaración del IRPF.

En lo que no hay diferencias es en el gravamen de impuestos en las tributaciones a la Seguridad por trabajador, la cuota de IRPF retenido en nóminas y en el IVA general. Sí las hay, y a favor de la SL, en el aspecto fiscal. El Impuesto de Sociedades es del 25% sobre los beneficios obtenidos. Para el empresario individual sería un pago a cuenta trimestral que se calcula restando los gastos a los ingresos. El 20% sería la cuota a ingresar, que quedaría como pago a cuenta de la declaración anual del IRPF. De esta forma obtenemos en primera instancia un ahorro del 5% a favor de la SL.

Razones para elegir la opción de sociedad limitada.

1.- Responsabilidad limitada a lo aportado , es decir en caso de tener una insolvencia de la sociedad u otro problema que afecte a las finanzas de la misma, la sociedad responderá exclusivamente con el capital aportado por los socios, es decir el patrimonio personal de los socios está salvaguardado en todo momento, siempre que la administración de la sociedad actúa sin mala fe y con la diligencia de un buen empresario. Por el contrario, si se actúa como persona física (autónomo) el autónomo estará respondiendo, en el supuesto de un problema en la marcha del negocio, con todos sus bienes presentes y futuros, cuestión muy a tener en cuenta en determinados sectores de actividad.

2.- El Capital Social mínimo de una sociedad limitada está fijado en 3.000€, pero no es necesario que se aporte exclusivamente dinero, la Ley de Sociedades de Capital permite aportar a los socios que integrarán la S.L. bienes como muebles de oficina, equipos informáticos, teléfonos móviles, patentes, marcas, etc... Por lo que teniendo este tipo de bienes y valorándolos a precio de mercado, podrás tener la aportación mínima para poner en marcha la S.L.

3.- Los gastos de constitución de la Sociedad Limitada son bajos, el marco jurídico actual ha beneficiado mucho la creación de sociedades, los honorarios de notario y registro mercantil han descendido en los últimos años. En el año 2010 los gastos de crear una SL eran de 1200 a 1500 €, actualmente por 300€ se puede crear una sociedad limitada, siempre que se tramite por Internet y con el capital mínimo (3.000€), además al hacerlo por Internet, se reduce los tiempos de constitución, en menos de una semana podrás tenerlo todo listo para funcionar.

4.- La sociedad limitada puede ser unipersonal, si no quieres socios en tu proyecto no tienes porque tenerlos, se pueden crear sociedades con solo el autónomo, este puede actuar como socio y administrador único (opcional) de la sociedad, la Ley de Sociedades de Capital permite hacerlo. Si la buena marcha del negocio te hace crecer, puedes incorporar en cualquier momento mas capital a tu sociedad incorporando uno o varios socios nuevos, como ves es una formula muy flexible. Si vas a tener uno o varios socios, necesitas una sociedad mercantil, no hagas experimentos montándote como persona física, la mayoría de los fracasos empresariales provienen de la inexistencia de contratos entre los socios.

5.- Imagen más profesional, contar con una sociedad siempre nos va a reforzar la imagen que perciben nuestros potenciales clientes de nosotros, seremos los mismos actuando como autónomos pero si lo hacemos por medio de una sociedad, se refuerza la percepción del cliente de organización y de equipo.

 

 

Artículos relacionados

Related Articles